¿Qué significa cuentas individuales en el Issste?
En abril de 2007 se estableció un nuevo régimen de cotización ante el ISSSTE, por lo tanto todos aquellos trabajadores que iniciaron en el mundo laboral a partir de esta fecha o quienes decidieron actualizar y renunciar al régimen anterior empezaron a formar parte del régimen de cuentas individuales ISSSTE.
Para quienes pertenecen a este régimen o desean cambiarse a este, a continuación vamos a conocer los aspectos más importantes del régimen de cuentas individuales ISSSTE o bono de pensión.
Tipos de régimen de cuentas individuales ISSSTE
Las cuentas individuales del ISSSTE se manejan a través de 3 modalidades diferentes, cada una de ellas con características especiales. Estos son Renta Vitalicia, Retiro Programado y Pensión garantizada:
Renta Vitalicia
La renta vitalicia consisten en una pensión para el resto de la vida, esta se maneja a través de una aseguradora la cual deberá ser seleccionada por el afiliado de acuerdo a las opciones presentadas por el ISSSTE.
En este caso la pensión dependerá del monto acumulado en la cuenta individual de la AFORE. Este monto se irá actualizando en función a la inflación.
Cabe destacar que es sumamente ventajosa ya que asegura el pago de la pensión de por vida. De igual forma el afiliado deberá adquirir un seguro de sobrevivencia con el fin de que los beneficiarios reciban este pago en caso de fallecimiento del pensionado.
Requisitos para realizar este retiro
➡️ Encontrarse Afiliado a una AFORE.
➡️ Haber cotizado ante el ISSSTE por un periodo mínimo de 25 años.
➡️ Contar con el expediente de identificación del trabajador actualizado, este es expedido por la AFORE.
➡️ Contar con Original y Copia de Concesión de pensión, esta será emitida por el ISSSTE.
➡️ Original y copia de un documento de identificación oficial.
➡️ El estado de cuenta de la AFORE en la cual se encuentra afiliado o cual quiere documento de certifique que dispone de un registro dentro de la institución financiera. Esto puede ser solicitado en la AFORE.
➡️ Estado de cuenta bancario, este debe contener el número de Clave Bancaria Estandarizada (solo en caso de retiro de excedente o SAR 92)
Retiro programado
Consiste en un pago mensual que podrá solicitar en la AFORE en la cual se encuentra registrado, el monto de la mensualidad dependerá del monto acumulado en la cuenta AFORE, en conjunto con los rendimientos obtenidos y la esperanza de vida calculado en la institución financiera. A diferencia de la modalidad anterior, el pago mensual finaliza una vez que el monto en la cuenta ha finiquitado.
Deberá igualmente comprar un seguro de sobre vivencia si desea que sus beneficiarios reciban el pago de la pensión en caso de fallecimiento.
Requisitos para realizar este retiro
➡️ Estar afiliado a una AFORE.
➡️ Contar con el Expediente de Identificación de Trabajador expedido por la AFORE recientemente.
➡️ Contar con Original y Copia de Concesión de pensión, esta será emitida por el ISSSTE.
➡️ Original y copia de un documento de identificación oficial.
➡️ El estado de cuenta de la AFORE en la cual se encuentra afiliado o cual quiere documento de certifique que dispone de un registro dentro de la institución financiera. Esto puede ser solicitado en la AFORE.
Pensión Garantizada
Se establece como un complemento de pensión, pueden optar por ellos quienes han alcanzado la edad y cotizado al ISSSTE por un periodo mínimo de 25 años, sin embargo los recursos acumulados en la cuenta Afore no les permite realizar la contratación de una Renta Vitalicia o Retiró Programado. Cabe destacar que este monto se actualiza cada año en función a la inflación.
Requisitos para realizar este retiro
➡️ Estar registrado en una AFORE.
➡️ Tener entre los 60 y 65 años de edad.
➡️ Contar con el Expediente de Identificación de Trabajador expedido por la AFORE recientemente.
➡️ Contar con Original y Copia de Concesión de pensión, esta será emitida por el ISSSTE.
➡️ Original y copia de un documento de identificación oficial.
➡️ Solicitud de disposición de recursos, esta es expedida por la AFORE
➡️ El estado de cuenta de la AFORE en la cual se encuentra afiliado o cual quiere documento de certifique que dispone de un registro dentro de la institución financiera. Esto puede ser solicitado en la AFORE.
➡️ Estado de cuenta bancario, este debe contener el número de Clave Bancaria Estandarizada
¿Qué es el régimen pensionario de cuentas individuales ISSSTE?
Es el régimen de pago de pensiones establecido en la Ley de ISSSTE 2007, en el cual el trabajador cotiza a través de una Administradora de Fondos para el Retiro o mejor conocida como AFORE.
Este régimen garantiza al trabajador una pensión para su vejez una vez que cumpla con los requisitos establecidos incluso si no logra obtener los recursos necesarios en su cuenta individual ya que el Estado se encargara de brindar los recursos faltantes con el fin de garantizar el derecho a la pensión de los afiliados a este régimen.
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¿Cómo jubilarse con cuentas individuales?
Dependiendo de la modalidad de cuentas individuales ISSSTE en la que se encuentre deberá realizar el trámite de la siguiente forma.
Tramite Renta Vitalicia
- Dirigirse a la delegación del ISSSTE correspondiente y hacer entrega de la documentación requerida.
- Aquí se le hará entrega del "Documento de Oferta”, aquí podrá seleccionar la aseguradora que le resulte más conveniente.
- Una vez que cuente con la documentación correspondiente, el ISSSTE le hará entrega de la Concesión de pensión.
- Ahora deberá acudir a la AFORE quien le entregara los siguientes montos:
- SAR ISSSTE 92
- SAR FOVISSSTE 1992 (solo si posee recursos)
- Una vez que cumpla los 65 años podrá hacer el retiro del saldo remanente en la cuenta de la AFORE en caso de que exista.
- Se procederá al pago de la pensión.
Trámite retiro programado y Pensión garantizada
- Dirigirse a la delegación del ISSSTE correspondiente y hacer entrega de la documentación requerida.
- Una vez que cuente con la documentación correspondiente, el ISSSTE le hará entrega de la Concesión de pensión.
- Deberá acudir a la AFORE, con el documento de concesión podrán dar inicio al pago de su pensión, así mismo de le hará entrega inmediata de los siguientes recursos
- SAR ISSSTE 92
- SAR FOVISSSTE 1992 (si tienes recursos en esta subcuenta)
- En caso de no obtener la pensión podrá solicitar los recursos una vez alcanzado los 65 años.
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